ELEMENTOS OBJETIVOS DEL CONTRATO DE SEGUROS
1) Evolución del contrato.-
v Bruck:
a) Orígenes hasta mediados Siglo XV Derecho consuetudinario.
b) Hasta el Siglo XVIII Disposiciones legales.
c) Desde el siglo XVIII a nuestros días Codificación- Diferentes Ramas,
Control estatal.
v Hémard:
b) Siglo XIX Comienza a ser científico
esencialmente en seguros de vida.
c) Fines siglo XIX a nuestros días Carácter Científico le da desarrollo
económico.
v SIGLO XX Legislación de seguros a nivel mundial.
v URUGUAY Carece de Ley de seguros salvo disposiciones
del Código de Comercio.
2) Fundamentos del contrato:
· Estadística: Riesgo asumido debe tener determinada frecuencia
en relación a la masa de asegurados.
· Probabilidad: Siniestro no debe ser ni muy raro ni muy frecuente.
· Ley de los grandes números:
Suficiente extensión en espacio y tiempo del campo de observación;
objetos observados con cierta homogeneidad.
· Mutualidad: Agrupación de asegurados en base a riesgos.
3) Características del Contrato:
4) Clasificación básica en seguros:
v Bruck:
Clasificación se basa en la función de la satisfacción de la necesidad:
Subclasificaciones:
a.2) Derecho
a.3) Patrimonio
B) Interés: b.1) Capital
b.2) Ganancia
· Seguros de personas: A) Estricto: a.1) Muerte
a.2) Supervivencia
a.3) Mixto
B) Amplio: b.1) Accidente
b.2) Invalidez
b.3) Enfermedad
5) Elementos esenciales al objeto del seguro
A)- Riesgo
§ Posible
§ Incierto: a) Absoluto
§ Medible
§ Sobre intereses lícitos
§ Existente
Acontecimiento o modificación del mundo exterior, incierta en cuanto a su
producción misma o en cuanto al momento de su concreción.
B)- Interés asegurable:
OBJETO DEL SEGURO: No es el bien es el interés asegurable.
Interés en relación al eventual acaecimiento del riesgo.
Relación entre el objetivo asegurado y quien lo asegura.
v Halperin:
Relación licita de valor económico sobre un bien – ( o sobre la vida de
una persona ) – que se halla amenazada por un riesgo.
v Bruck:
Relación sobre un bien, participación en algo, derecho sobre alguna cosa.
q Interés:
Ø Asegurable: Interés amenazado por un riesgo determinado.
Ø Sobre un Bien, Derecho, Patrimonio.
Ø Presente o Futuro.
Ø Sucesivo, Complementario o Concurrente.
Ø Existente, no eventual.
Ø Subjetivo: Relacionado con el valor que el asegurado da a
la cosa.
¿ Debe existir en seguros de vida? División Doctrinaria y Jurisprudencia.
Mayoritariamente la opinión es que necesariamente debe existir en seguros de vida.
Problema se relaciona con necesidad de consentimiento expreso del tercero asegurado.